Cambios en la lista de morosos
Recientemente se han introducido cambios en la composición de la lista de morosos tributarios que se publica cada año.
Desde 2015, cada año se hace pública la denominada “lista de morosos”. Pues bien, se han introducido las siguientes modificaciones en dicha lista:
- Se reduce a 600.000 euros el importe de deuda tributaria a partir de la cual se produce la inclusión (antes era de un millón).
- A partir de ahora, se incluirán no sólo a los deudores principales, sino también a los responsables solidarios.
- Se incluirán todas aquellas deudas o sanciones cuyo importe no haya sido satisfecho en el plazo original de ingreso en período voluntario (esto no afecta a aquellas deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas).
Con la finalidad de fomentar el pago de las deudas, a partir de ahora se evitará la inclusión en la lista si, después de recibir la propuesta de inclusión, se satisface la totalidad de las deudas antes del fin del plazo para formular alegaciones.
Nuestro despacho le acompaña y asesora en cualquier procedimiento frente a la Administración Tributaria.
CONTENIDO RELACIONADO
-
Obras de mejora de la eficiencia energética
Se prorrogan los plazos para hacer las obras en las viviendas.
-
PAÍS VASCO: ¿Puede aplicar la deducción por descendientes?
Si tiene descendientes que conviven con usted, sepa en qué supuestos va a poder deducir en Renta.
-
Recuperación de impagados
Vea cómo actuar si recupera una deuda previamente impagada.
contenido exclusivo
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.