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Impagos de clientes extranjeros

La UE ha establecido un sistema de reclamación rápido y barato para reclamar deudas de escasa cuantía.

Impagos de clientes extranjeros

Este “procedimiento europeo de escasa cuantía”, se aplica en todos los estados de la UE (excepto Dinamarca). Permite reclamar deudas de hasta 5.000 euros cuando el acreedor y el deudor están domiciliados en diferentes estados de la UE, y para utilizarlo no es necesaria la contratación de un abogado. Vea cómo funciona:

  • Formulario. En primer lugar, debe rellenar el formulario de demanda estándar (puede descargárselo en las diferentes lenguas de la UE pulsando aquí).
  • Envío. Una vez rellenado el formulario, debe presentarlo ante el órgano judicial competente del estado del deudor (puede enviarse por correo postal junto con los documentos correspondientes, tales como contratos, pedidos, albaranes, facturas…). Pulse aquí para acceder a un localizador de dicho órgano judicial.
  • Traducción. En general, la demanda y los documentos se deben presentar en la lengua del órgano al que se remite la demanda (o en otra lengua que dicho órgano acepte).
  • Tasa. Asimismo, deberá pagar la tasa que tenga establecida el órgano en cuestión. Pulse aquí para consultar las tasas aplicables.

Recibido el formulario, el órgano judicial lo enviará al deudor para que conteste (tiene 30 días de plazo para hacerlo). Y tras la contestación, dictará sentencia.

Utilice este procedimiento para reclamar deudas de pequeño importe que de otra manera a veces no se reclaman. Además, los costes son limitados, pues sólo deberá asumir, en su caso, la tasa judicial y los costes de traducción (puede solicitar que el deudor le reembolse esos gastos si el juzgado le da la razón).

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