¿Es posible “expulsar” a un socio?

En caso de conflicto entre socios es habitual que el mayoritario se plantee la “expulsión” del minoritario. ¿En qué casos es posible actuar de esta forma?

¿Es posible “expulsar” a un socio?

Tenga en cuenta que la posibilidad de excluir a un socio de una SL únicamente se da en los siguientes casos:

  • Si el socio incumple voluntariamente la obligación de realizar prestaciones accesorias.
  • Asimismo, se puede excluir al socio que también sea administrador y que infrinja la prohibición de competencia (o que haya sido condenado por sentencia firme a indemnizar a la sociedad por los daños y perjuicios causados por actos contrarios a la ley o a los estatutos o realizados sin la debida diligencia).
  • Los estatutos, por acuerdo unánime de los socios, pueden incluir otras causas lícitas de exclusión. Por ejemplo, pueden incluir que los socios, aunque no sean administradores, no podrán competir con la sociedad.

Si se da alguna causa de exclusión, el socio afectado deberá recibir el valor real de sus participaciones. A falta de acuerdo, dicho valor real será fijado por un experto independiente nombrado a tal efecto por el Registro Mercantil.

Y si no se da ninguna causa de exclusión, es posible que todavía exista alguna vía para exigir responsabilidades al socio “discrepante”. Por ejemplo, si está incurriendo en alguna situación de competencia desleal.

 

Si en su empresa se plantea algún conflicto entre socios, le asesoraremos sobre la mejor forma de afrontar la situación.